Bonificación del Impuesto sobre bienes inmuebles por ser familia numerosa

Bonificación del Impuesto sobre bienes inmuebles por ser familia numerosa

Desde el año 2021, se contempla en la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, la bonificación del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) a las familias numerosas.

Esta bonificación dependerá de los ingresos brutos de la unidad familiar fijados en el período impositivo inmediatamente anterior al de aplicación de la ordenanza, siempre y cuando el valor catastral del inmueble no supere los 65.000 Euros:

Ingreso Bruto en Unidad Familiar

Bonificación

Hasta 2 veces el SMI

90%

Más de 2 y hasta 3,5 veces el SMI

75%

Más de 2 y hasta 3,5 veces el SMI (unidad familiar con algún miembro discapacitado)

90%

 

Esta bonificación deberá ser solicitada anualmente mediante escrito al que se acompañará la documentación acreditativa de reunir las circunstancias necesarias,(certificado de empadronamiento y convivencia, libro de familia numerosa actualizado…) la concesión de la bonificación regulada en este apartado surtirá efectos desde la solicitud, si reúne todos los requisitos exigidos..

Los acuerdos relativos a los beneficios antedichos serán adoptados, a instancia de parte, por las oficinas gestoras competentes (en este caso la oficina de Recaudación de Diputación provincial de Jaén), a las que corresponde la concesión o denegación singular de estas bonificaciones.

Boletín oficial de la provincia de Jaén nº 70 de 15 de abril de 2021: Pulse aquí para descargar

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