Abierta la convocatoria del programa de rehabilitación de viviendas.
Plazo de presentación:
- Hasta el día 1 de agosto de 2019.
Requisitos para la obtención de las subvenciones:
De los usuarios:
– Propietarios o titulares de derechos de uso y disfrute de la vivienda o arrendatarios.
– Los ingresos de la unidad de convivencia no deben superar los 41.357,75 euros anuales.
– No haber sido beneficiario de programas de rehabilitación para la misma vivienda en los tres últimos años.
De la vivienda:
– Ser domicilio habitual y permanente de las personas residentes.
– No estar calificado urbanísticamente fuera de ordenación.
– Tener una superficie útil no inferior a la mínima establecida de 36 metros cuadrados.
– Construcción finalizada antes de 1996.
– Presentar condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que la adquiera como resultado de la actuación.
– No tener la consideración de infravivienda (artículo 61 del Plan Andaluz de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016 – 2020).
Actuaciones subvencionables:
– Actuaciones de conservación de la vivienda.
– Mejora de la seguridad y la accesibilidad.
– Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.
Conceptos subvencionables:
– Coste de ejecución material de las obras (incluso beneficio industrial y gastos generales)
– Honorarios profesionales.
– Informes y certificados.
(No se incluyen impuestos, tasas ni tributos)
Tipos de subvención:
Solicitudes:
Los formularios se pueden obtener en:
– Ayuntamiento de Guarromán.
– Boletín oficial de la Junta de Andalucía.
– Portal de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://ws175.juntadeandalucia.es/vea-web/faces/vi/procedimientos.jspx
Entrega de solicitudes:
Lugar: Ayuntamiento de Guarromán (Sede electrónica o registro general)
Tramitación telemática: Registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía.
Documentación:
- Fundamental: Aportar un INFORME TÉCNICO suscrito por técnico privado competente, a cargo del solicitante (Si se obtiene la ayuda el coste del informe se incluiría entre los gastos subvencionables. Si no se obtiene la ayuda el coste del informe queda a cargo del solicitante).
- Resto de documentación: Consultar extracto de la convocatoria.
Extracto de la convocatoria: Descargar aquí