Programa de Rehabilitación de Viviendas

Programa de Rehabilitación de Viviendas

Abierta la convocatoria del programa de rehabilitación de viviendas.

 Plazo de presentación:

  • Hasta el día 1 de agosto de 2019.

Requisitos para la obtención de las subvenciones:

De los usuarios:

– Propietarios o titulares de derechos de uso y disfrute de la vivienda o arrendatarios.

– Los ingresos de la unidad de convivencia no deben superar los 41.357,75 euros anuales.

– No haber sido beneficiario de programas de rehabilitación para la misma vivienda en los tres últimos años.

De la vivienda:

– Ser domicilio habitual y permanente de las personas residentes.

– No estar calificado urbanísticamente fuera de ordenación.

– Tener una superficie útil no inferior a la mínima establecida de 36 metros cuadrados.

– Construcción finalizada antes de 1996.

– Presentar condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que la adquiera como resultado de la actuación.

– No tener la consideración de infravivienda (artículo 61 del Plan Andaluz de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016 – 2020).

Actuaciones subvencionables:

– Actuaciones de conservación de la vivienda.

– Mejora de la seguridad y la accesibilidad.

– Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

Conceptos subvencionables:

– Coste de ejecución material de las obras (incluso beneficio industrial y gastos generales)

– Honorarios profesionales.

– Informes y certificados.

(No se incluyen impuestos, tasas ni tributos)

Tipos de subvención:

Solicitudes:

Los formularios se pueden obtener en:

– Ayuntamiento de Guarromán.

– Boletín oficial de la Junta de Andalucía.

– Portal de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://ws175.juntadeandalucia.es/vea-web/faces/vi/procedimientos.jspx

Entrega de solicitudes:

Lugar: Ayuntamiento de Guarromán (Sede electrónica o registro general)

Tramitación telemática: Registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía.

Documentación:

  • Fundamental: Aportar un INFORME TÉCNICO suscrito por técnico privado competente, a cargo del solicitante (Si se obtiene la ayuda el coste del informe se incluiría entre los gastos subvencionables. Si no se obtiene la ayuda el coste del informe queda a cargo del solicitante).
  • Resto de documentación: Consultar extracto de la convocatoria.

Extracto de la convocatoria: Descargar aquí